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19/09/2026 - SOCIEDAD
Homicidios viales: qué cambios propone el proyecto para agravar las penas
El proyecto impulsado por Madres del Dolor y Estrellas Amarillas propone modificar el Código Penal para establecer una escala más severa cuando una muerte en un siniestro vial se produce junto con varias conductas de riesgo. La iniciativa contempla agravantes como alcohol, exceso de velocidad, cruces de semáforos en rojo y uso del celular, con penas que podrían llegar hasta los 12 años.


La condena a 16 años de prisión contra Agustín López Gagliasso por las muertes de una madre y su hija en Rosario volvió a poner bajo discusión las penas aplicables a los delitos viales.

El tribunal lo consideró responsable de homicidio simple con dolo eventual, después de determinar que circulaba a más de 120 kilómetros por hora, realizó maniobras de sobrepaso y no accionó el freno antes de perder el control del vehículo. La alcoholemia arrojó 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre.

El caso volvió a instalar el debate sobre cómo debe responder el Código Penal frente a hechos en los que se combinan varias conductas consideradas de extrema peligrosidad.

En ese contexto, Walter Gorbak, criminalista y uno de los profesionales que participó en la redacción del proyecto impulsado por la Asociación Madres del Dolor y la Fundación Estrellas Amarillas, explicó los cambios que plantea la iniciativa. Según detalló, el objetivo es establecer una figura que permita diferenciar estos casos de aquellos en los que una muerte se produce como consecuencia de una imprudencia puntual.

Gorbak sostuvo que la legislación actual genera dificultades porque muchos hechos graves terminan encuadrados como homicidios culposos, con penas que pueden ser de ejecución condicional.

Qué cambios plantea el proyecto

La iniciativa propone modificar el artículo 84 bis del Código Penal y elevar la escala de penas para los homicidios viales.

El proyecto contempla elevar la pena mínima de tres a cuatro años y la máxima de seis a ocho años. Además, establece una escala de entre cinco y 12 años de prisión cuando concurran tres o más agravantes.

Entre las conductas contempladas aparecen:

  • Conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes.
  • Superar determinados límites de velocidad.
  • Cruzar un semáforo en rojo.
  • Conducir sin licencia o encontrarse inhabilitado.
  • Utilizar el teléfono celular mientras se conduce.
  • Otras conductas que impliquen una pérdida de aptitud para conducir.

El proyecto fue impulsado por Madres del Dolor y Estrellas Amarillas y recibió media sanción del Senado por unanimidad el 18 de septiembre de 2025. Posteriormente comenzó su tratamiento en la Cámara de Diputados.

La propuesta busca establecer una respuesta penal específica cuando se acumulan varios factores de riesgo, en lugar de que cada caso quede sujeto exclusivamente a la interpretación judicial sobre si corresponde un homicidio culposo agravado o un homicidio con dolo eventual.

Hace falta una figura intermedia”, planteó Gorbak.

El antecedente del caso Sebastián Cabello

Durante su explicación, el criminalista también recordó el caso Sebastián Cabello, condenado por la muerte de una mujer y su hija durante una picada en la avenida Lugones.

Según explicó Gorbak, aquel expediente atravesó distintas interpretaciones jurídicas respecto de la existencia de dolo eventual y finalmente fue recalificado como homicidio culposo agravado.

Para el especialista, esa diferencia de criterios demuestra la necesidad de establecer una figura que contemple determinadas combinaciones de conductas objetivamente peligrosas y determine previamente una escala de penas.

La iniciativa de Madres del Dolor y Estrellas Amarillas plantea precisamente modificaciones al régimen de delitos viales del Código Penal. La documentación presentada por las organizaciones contempla reformas sobre los artículos 84 bis y 94 bis, entre otros aspectos.

Walter Gorbak afirmó que la reforma apunta a evitar que los hechos graves queden encuadrados solo como homicidios culposos o como dolo eventual. (Captura de pantalla)

Por qué el celular aparece entre los agravantes

Uno de los cambios propuestos es incorporar expresamente el uso del teléfono celular al volante como agravante.

Gorbak señaló que mirar una pantalla puede generar varios segundos de distracción mientras el vehículo continúa desplazándose a determinada velocidad.

Esos dos, tres, cuatro o diez segundos de distracción a determinada velocidad puede ser fatal”, explicó.

El criminalista sostuvo que el problema no se limita a la utilización del teléfono, sino al tiempo durante el cual el conductor deja de prestar atención al tránsito. En pocos segundos, un vehículo puede recorrer decenas de metros sin que quien está al volante observe lo que ocurre delante.

El proyecto también apunta a diferenciar los casos más graves

Gorbak planteó que la reforma no debería limitarse al incremento de las penas, sino estar acompañada por controles, educación vial, campañas de prevención y mejoras en la infraestructura.

En ese sentido, señaló que las condiciones de las rutas pueden constituir un problema, pero sostuvo que eso no elimina la responsabilidad individual frente a conductas como circular a velocidades muy superiores a las permitidas o conducir después de consumir sustancias.

Esto no habilita al conductor a ir a 150 kilómetros por hora”, afirmó.

El debate volvió a quedar expuesto a partir del caso ocurrido en Rosario. La Justicia consideró que López Gagliasso pudo representarse el riesgo de causar una muerte al circular a más de 120 kilómetros por hora en una zona urbana y lo condenó por homicidio simple con dolo eventual.

Para Gorbak, ese tipo de situaciones representa precisamente el escenario que la reforma busca contemplar mediante una escala penal específica.

Ir a un exceso de velocidad, consumir estupefacientes, cruzar un semáforo en rojo y matar a dos personas es cárcel”, sostuvo.

La iniciativa continúa su recorrido legislativo en la Cámara de Diputados, donde se debate qué lugar deben ocupar las conductas viales de mayor gravedad dentro del Código Penal y qué escala de penas corresponde cuando varios factores de riesgo se combinan en un mismo hecho.


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