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15/10/2026 - POLICIALES
La Corte Suprema rechazó otro reclamo de los rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa
Siete de los ocho condenados habían denunciado a la fiscal Verónica Zamboni y a otros funcionarios judiciales por presuntas irregularidades durante las primeras indagatorias. El máximo tribunal desestimó el recurso por deficiencias en su fundamentación, sin modificar las condenas por el homicidio ocurrido en Villa Gesell.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un nuevo planteo presentado por siete de los ocho rugbiers condenados por el asesinato de Fernando Báez Sosa, ocurrido el 18 de enero de 2020 a la salida del boliche Le Brique, en Villa Gesell.

La presentación cuestionaba la actuación de la fiscal que investigó el crimen y de otros funcionarios judiciales durante las primeras horas de la causa. La resolución fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes consideraron que el recurso carecía de fundamentación autónoma suficiente y no refutaba adecuadamente los argumentos de las decisiones anteriores.

Qué denunciaron los condenados

El planteo había sido impulsado por el abogado Hugo Tomei, en representación de Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi.

La defensa sostuvo que, durante las primeras indagatorias realizadas tras el asesinato, los detenidos no habrían sido informados correctamente sobre los hechos que se les atribuían ni sobre las pruebas reunidas en su contra. También cuestionó las circunstancias en las que se confeccionaron y firmaron las actas de esas declaraciones, al señalar supuestas inconsistencias en los horarios registrados.

A partir de esos argumentos, Tomei promovió una denuncia penal independiente por presunta falsedad ideológica de instrumento público, incumplimiento de los deberes de funcionario público y privación ilegítima de la libertad.

Entre los denunciados figuraban la fiscal Verónica Zamboni, a cargo de la investigación del homicidio; la defensora oficial Verónica Olindi Huespi; funcionarios del Ministerio Público Fiscal y el juez de Garantías David Mancinelli, quien había dictado la prisión preventiva de los imputados.

El recorrido judicial del reclamo

En febrero de 2022, la Cámara de Apelaciones de Dolores permitió que los siete condenados intervinieran como particulares damnificados en el expediente. Sin embargo, la denuncia fue desestimada por ausencia de dolo y también se rechazaron distintas medidas de prueba solicitadas por la defensa.

Posteriormente, Tomei cuestionó el procedimiento utilizado para revisar esa decisión y pidió que se declarara su inconstitucionalidad. Los planteos fueron rechazados por distintos tribunales bonaerenses.

En agosto de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires desestimó un recurso de queja y, en abril de 2026, denegó el recurso extraordinario que buscaba llevar la discusión a la instancia nacional.

Finalmente, la Corte Suprema de la Nación rechazó la presentación por sus deficiencias de fundamentación.

La decisión se refiere exclusivamente a la denuncia contra los funcionarios judiciales y no implica una nueva revisión de las condenas por el asesinato de Báez Sosa.

Las condenas por el crimen de Fernando Báez Sosa

La resolución no implica una nueva revisión de las condenas.

Fernando tenía 18 años cuando fue asesinado durante la madrugada del 18 de enero de 2020, tras una discusión que había comenzado dentro del boliche Le Brique y continuó en la vía pública.

En febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 1 de Dolores condenó a prisión perpetua a Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi, considerados coautores del homicidio.

Por su parte, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi recibieron penas de 15 años de prisión como partícipes secundarios.

En marzo de 2024, el Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó las penas, aunque modificó la calificación legal al descartar la agravante de alevosía y mantener la del concurso premeditado de dos o más personas.

El nuevo fallo de la Corte Suprema suma otro rechazo a las presentaciones vinculadas con el caso, aunque corresponde a una causa paralela y no altera las penas impuestas por el homicidio.


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