El nuevo régimen reemplaza la normativa vigente desde 1980 y permite imputar a adolescentes mayores de 14 años por delitos contemplados en el Código Penal. La reforma establece un sistema especial de sanciones, limita las penas de prisión y prioriza medidas orientadas a la educación, resocialización e integración social.
La nueva edad de imputabilidad
El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzó a regir este 5 de septiembre en todo el país y reemplazó el esquema que establecía que los menores de 16 años eran inimputables.
A partir de la reforma, los adolescentes mayores de 14 años que cometan delitos podrán ser imputados y sus casos podrán llegar a la Justicia. Sin embargo, no serán sometidos al mismo régimen que los adultos, sino que estarán alcanzados por un sistema penal especial.
La normativa establece un esquema que combina sanciones, medidas de seguimiento y alternativas al encierro, con el objetivo de promover la responsabilidad por los actos cometidos, la educación, la resocialización y la integración social.
Qué pasa con las penas
Uno de los principales cambios es que la norma prohíbe las penas de reclusión y prisión perpetua para adolescentes.
El máximo para las penas privativas de libertad será de 15 años. Además, se contempla la posibilidad de acceder a la libertad condicional, aunque para ello deberán cumplirse los dos tercios de la condena y verificarse las condiciones exigidas para obtener el beneficio.
La entrada en vigencia del régimen tampoco significa que todo adolescente menor de 18 años que cometa un delito deba ser privado de su libertad.
Para determinados casos se prevén sanciones alternativas, especialmente frente a delitos cuya pena supera los tres años y llega hasta los diez.
Las medidas alternativas al encierro
Entre las herramientas previstas aparecen diferentes mecanismos destinados a sancionar y realizar un seguimiento de los adolescentes sin recurrir necesariamente a la prisión.
El régimen contempla:
- Restricciones de acercamiento.
- Reparación del daño causado a la víctima.
- Reglas de conducta.
- Participación obligatoria en actividades educativas y comunitarias.
- Amonestaciones, como llamados de atención formales acompañados por otras medidas.
- Monitoreo electrónico adolescente, destinado a controlar el cumplimiento de determinadas sanciones o medidas.
Cómo será el alojamiento de los adolescentes
Cuando se disponga una privación de la libertad, los adolescentes deberán permanecer en instituciones especialmente acondicionadas y con personal especializado.
La normativa establece además que los menores no podrán compartir espacios de encierro con personas mayores de edad.
El alojamiento podrá concretarse en institutos abiertos, institutos especializados de detención o, en determinados casos, bajo arresto domiciliario.
También se mantiene la prohibición de difundir información que permita identificar al adolescente imputado, como su nombre, apodo, filiación, parentesco, domicilio o imágenes.
Mayor participación de las víctimas
El nuevo régimen también modifica el lugar de las víctimas dentro del proceso judicial.
A partir de ahora, podrán participar en el trámite de las causas y recibir información sobre el avance de las investigaciones.
La normativa también establece la responsabilidad civil de los padres de los niños, niñas y adolescentes sometidos a un proceso penal por los daños derivados de los hechos ilícitos que se les atribuyan.
El desafío para la Justicia
Uno de los principales interrogantes estará en la capacidad del sistema judicial para afrontar el aumento de causas que podría producir la aplicación del nuevo régimen.
Según la información proporcionada, en algunos juzgados de menores ya advierten sobre la posibilidad de un fuerte incremento de expedientes y existen dudas respecto de la disponibilidad de recursos humanos, infraestructura y dispositivos necesarios para implementar la normativa en todo el país.
También quedan por resolver cuestiones vinculadas con la disponibilidad de pulseras electrónicas, la designación de supervisores especializados y la coordinación entre la legislación nacional y los sistemas procesales de las provincias y el Código Procesal Penal de la Nación.
Los fondos destinados a la implementación
Para poner en funcionamiento el nuevo régimen, el Congreso de la Nación estableció una partida de $23.739.155.303,08.
Mientras algunas provincias ya comenzaron a implementar protocolos, mesas de trabajo y proyectos para adecuar sus normas, a nivel nacional continúan las conversaciones entre el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal para establecer criterios comunes de aplicación.
De esta manera, la entrada en vigencia de la reforma marca el comienzo de un nuevo esquema de Justicia Penal Juvenil, cuyo funcionamiento dependerá también de la capacidad operativa para aplicar las nuevas reglas en todo el territorio argentino.
