Las obras sociales y prepagas suelen rechazar la cobertura de cuidadores domiciliarios cuando consideran que existe un “grupo familiar continente” capaz de hacerse cargo. Mientras crece la población mayor, las familias recurren cada vez más a la Justicia para obtener asistencia.
Una mujer de 93 años, con Certificado Único de Discapacidad y dificultades para caminar y movilizarse, necesitaba una cuidadora durante 12 horas diarias por indicación médica. Sin embargo, su empresa de medicina prepaga rechazó el pedido y, cuando el caso llegó a la Justicia, argumentó que no estaba demostrado que su familia no pudiera hacerse cargo de ella.
En otro expediente, una obra social sostuvo que un hombre contaba con una hija y un hermano que podían asistirlo y agregó que la hija tendría ingresos suficientes para hacerlo.
Casos como estos reflejan una de las principales dificultades que enfrentan las familias para acceder a asistencia domiciliaria: las obras sociales y prepagas recurren al concepto de “grupo familiar continente” para determinar si existe un familiar que pueda asumir las tareas de cuidado.
El cuidado que debe convertirse en una prestación de salud
Para conseguir que una obra social o prepaga financie una cuidadora, muchas familias deben demostrar que la persona necesita asistencia debido a una enfermedad o discapacidad.
Eso puede implicar tramitar un Certificado Único de Discapacidad, conseguir una indicación médica de internación domiciliaria o asistencia terapéutica, reunir la historia clínica y detallar las actividades que la persona ya no puede realizar por sí misma.
Cuando la respuesta no llega, el siguiente paso suele ser recurrir a un amparo judicial.
El problema, según plantea el artículo, es que muchas necesidades vinculadas con el envejecimiento no son estrictamente médicas. Preparar una comida, acompañar a una persona a caminar o evitar que se caiga al trasladarse al baño pueden ser tareas fundamentales para preservar su bienestar, aunque no constituyan por sí mismas un tratamiento médico.
Cada vez más familias llegan a los tribunales
La Ley 24.901 estableció la asistencia domiciliaria para personas con discapacidad con el objetivo de favorecer la vida autónoma y evitar la institucionalización. Sin embargo, la falta de una prestación homogénea y de un esquema financiero específico generó numerosos reclamos judiciales.
Durante el primer semestre de 2026 ingresaron 7.523 causas en la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal. De ese total, 4.990 fueron amparos de salud, equivalentes al 66% de los expedientes iniciados.
Cuando no existe una tarifa específica para una cuidadora, los tribunales utilizan como referencia el módulo de hogar permanente con centro de día del nomenclador de discapacidad. De esta manera, el sistema termina tomando como parámetro el costo de una institución incluso cuando el objetivo es precisamente evitar la institucionalización.
Una carga que recae principalmente sobre las mujeres
La necesidad de asistencia también se relaciona con el crecimiento de la población adulta mayor y con la distribución desigual de las tareas de cuidado.
Según la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo del INDEC, el 31,4% de las mujeres realiza tareas de cuidado dentro del hogar, frente al 20,3% de los varones. Entre quienes realizan esas tareas, ellas destinan en promedio seis horas y siete minutos diarios, mientras que los hombres dedican alrededor de tres horas y media.
A esto se suma que cada vez es más frecuente que personas mayores cuiden a otras personas todavía mayores. Una mujer de 68 años puede encontrarse cuidando a su madre de 94, por ejemplo.
Un estudio del BID estimó que en 2020 alrededor de 1,6 millones de personas mayores en Argentina necesitaban algún grado de ayuda para realizar actividades básicas. Además, la población de 60 años o más pasaría de 7,1 millones en 2020 a 12,5 millones en 2050.
Según el INDEC, el 31,4 por ciento de las mujeres realiza tareas de cuidado en el hogar, con un promedio diario de más de seis horas. (Imagen Ilustrativa)
La propuesta: construir un sistema integral de cuidados
El planteo apunta a que la atención de las personas mayores no dependa exclusivamente de las familias ni de la capacidad de cada persona para iniciar un reclamo judicial.
La propuesta consiste en desarrollar un sistema integral de cuidados, con participación del Estado, obras sociales, sindicatos, empresas y organizaciones comunitarias, que permita ofrecer distintas alternativas de asistencia y compartir los costos.
También sería necesario contemplar a las propias cuidadoras, mediante capacitación, salarios adecuados, aportes y reemplazos cuando no puedan trabajar.
Mientras ese sistema no exista, una parte de la cobertura continúa resolviéndose caso por caso en los tribunales.
