Sábado 20 de Abril de 2024







 19/05/2019 - Politica Dolores, Fuente Compromiso de Dolores
Tribunal de Cuentas impone millonario cargo y multas al Intendente Etchevarren y miembros de su gabinete

Por la Rendición de Cuentas 2017. Además de formularse múltiples observaciones se aplicó amonestaciones, entre ellas a la Presidente del Concejo Deliberante. El mayor importe que deberá afrontar el Jefe Comunal es por subsidios entregados a entidades privadas


Por la Rendición de Cuentas 2017. Además de formularse múltiples observaciones se aplicó amonestaciones, entre ellas a la Presidente del Concejo Deliberante. El mayor importe que deberá afrontar el Jefe Comunal es por subsidios entregados a entidades privadas.


El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires hizo público esta semana el fallo que dictó en el marco de la Rendición de Cuentas 2017 de la Municipalidad de Dolores, el que refleja sin lugar a dudas un lamentable manejo administrativo-contable por parte de la actual gestión de Gobierno, y que en particular se resalta por el millonario cargo y multas que impone al Intendente Etchevarren y a miembros de su Gabinete, como también las observaciones que a otros efectúa.


Los ítems observados son interminables, algunos fueron subsanados luego por el Municipio pero otros han quedado firmes por no cumplir con las normas legales, particularmente las rendiciones de subsidios.


Para analizar periodísticamente el tema comenzaremos por recordar lo ocurrido con esa Rendición de Cuentas, la que no tuvo dictamen en el Concejo Deliberante como consecuencia de la persistente negativa del Jefe Comunal de entregar para conocimiento de los Concejales de la oposición la totalidad de los Decretos que él había firmado en ese año 2017, pese ello a haber mediado una orden judicial, la que nunca acató.


Y es en el punto 9º del fallo del Tribunal de Cuentas donde se hace referencia a lo ocurrido, comenzando por puntualizar que la Rendición había sido ingresada al Concejo Deliberante extemporáneamente, surgiendo de ello una infantil respuesta del Intendente Etchevarren, quien sostuvo que no lo había hecho en razón del “gran cúmulo de tareas debido a la organización de las festividades de Semana Santa en Dolores, sumado a los feriados que contempla esa semana” (N.d.R: Semana Santa ese año fue en la primer semana de abril, el vencimiento para la presentación era el 31 de marzo).


El fallo puntualiza la Acción de Amparo formulada por los Concejales de la oposición ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Dolores, procurando que el D.E. entregara la totalidad de los Decretos dictados en ese 2017, se precisa sobre la resolución judicial favorable a ello, de la controversia judicial que se produjo a raíz de no acatar Camilo Etchevarren la orden judicial, consignando el Tribunal los números de todos los decretos nunca exhibidos. Y que en virtud de las falencias que surgieron de las Actas labradas en el Juzgado Contencioso Administrativo con relación a los Decretos faltantes, por las irregularidades detectadas, el fallo precisa el incumplimiento de artículos de la Ley Orgánica de las Municipalidades, e hizo responsable al Intendente Camilo Etchevarren, el Jefe de Gabinete Leandro Oldoni y a la Presidente del Concejo Deliberante Daniela Arrabit.


En lo que respeta a los “Excesos de Gastos” que registraban Partidas Presupuestarias, se indicó que correspondían $. 145.439.278 al Departamento Ejecutivo y $. 2.779.219 al Concejo Deliberante, precisándose que si bien se compensaban con créditos de otras igual el resultado era deficitario, haciéndose responsable al Intendente Camilo Etchevarren, al Presidente del Concejo Deliberante (en ese 2017) Mario Etchevarren, y a la Contadora Municipal María Alejandra Arrechea.


En cuanto a gastos uno de los puntos que mereció observación fue un servicio de Catering contratado con motivo de la actuación de “Cacho” Castaña, realizado por fuera de las condiciones de su contratación, que comprendía a 7 personas.


Etchevarren en su descargo dijo: “sucede que los artistas se presentan con más personas…”. Que no podía resultar exigible limitar el número de personas que acompañan al artista, porque “generaría posibles malestares… que redundaría en perjuicio del espectáculo a brindarse”.


Sin embargo ese pago del servicio de catering en demasía respecto a lo establecido en el contrato, hizo que el Tribunal lo hiciera responsable de su reintegro (más intereses) al Intendente Etchevarren y al Secretario de Hacienda Andrés Cretón, considerando que esa erogaciones constituían típicos actos personales, que llevan implícitos la presunción de perjuicio al erario público.


Por su parte el punto 16º de la Resolución, que constituye el más importante en cuanto a los cargos que se le hacen al Intendente y colaboradores como responsables de no estar debidamente justificados, figuran los subsidios otorgados a “Entidades del Sector Público y Privado”, indicándose asimismo el caso de aquellos que sin haberse rendido cuenta de anteriores se siguieron otorgando.


Entre los subsidios más llamativos se encuentran los otorgados en el marco de la organización de la primera edición del Carnaval del Sol, que se realizaría en 2018, como por ejemplo la suma de 150.000 pesos (Orden de Pago 403) otorgados a la “Asociación Amigos del Centro Cívico Participativo”, que fue rendido con una “Certificación de Rendición de Fondos” confeccionada y firmada por un contador independiente pero sin acompañarse los documentos que lo respaldara, indicando el fallo que ello “no se ajusta a las normas propias de la correspondiente rendición”.


Lo mismo ocurrió con subsidios otorgados a Clubes que participaron de ese Carnaval, los cuales se rindieron también con informes de un contador independiente y con un texto similar que decía: “mi tarea profesional se limitó a cotejar los conceptos contenidos en el Balance de Inversión Parcial para las órdenes de pago mencionadas, confeccionado por el Club…. sin que esto implique opinión profesional o dictamen respecto de su validez…”, rendiciones que según el Tribunal no tenían los documentos que respaldan los gastos que se habrían efectuado.


Respecto de estos subsidios se le aplicó una sanción al Intendente Camilo Etchevarren, al Jefe de Gabinete Leandro Oldoni, al Secretario de Hacienda Bernardo Cretón y a la Contadora María Alejandra Arrechea, y se desaprobaron egresos por $.  1.430.000, formulándoseles a los nombrados en forma solidaria cargo por esa suma y los intereses


Por otra parte y en lo que refiere a subsidios a privados, hay uno de $. 35.000 de fecha 27 de julio de 2017 que fue rendido con una factura del mes de enero de 2018, comprobante que según el Tribunal “no cumplía con las normas legales de facturación”, por lo cual también se formuló cargo.


El art. 19º refiere a las costas pagadas por el Municipio en un juicio laboral, donde pese a que la Asesora Legal, la Dra. Mariana Etchevarren, sostuvo “que el trámite había resultado exitoso, por cuanto se había rechazado la pretensión del restablecimiento o reconocimiento de derechos del agente y solo se le había reconocido (condenado a pagar el Municipio) un monto indemnizatorio”, el fallo consideró que al haber sido condenada la Municipalidad al pago de los gastos resultantes era responsabilidad del Intendente Municipal.


En los otros artículos la resolución hace responsable al Intendente Etchevarren y a su Secretario de Obras y Servicios Públicos, Guillermo Elhalem, por incumplimientos en los plazos de ejecución de obras, tanto la de Cordón Cuneta y Desagües Barrio Escuela 15 como en la Refacción del Teatro Municipal.


Finalmente los miembros del Tribunal, Contadores Juan Pablo Peredo, Daniel Chillo, Gustavo Diez, Ariel Pietronave y Eduardo Grimberg, resolvieron:


Aplicar multas de $. 30.000 al Intendente Camilo Etchevarren; de $. 12.000 a la Contadora Municipal María Alejandra Arrechea.


Amonestar al Secretario de Hacienda Bernardo Cretón; al Jefe de Gabinete Leandro Oldoni; al Tesorero Municipal Fernando García; a los Presidentes del Concejo Deliberante Mario Etchevarren y Daniela Arrabit; a la Jefa de Compras María Soledad Oroz; y al Secretario de Obras y Servicios Públicos Guillermo Elhalem.


Desaprobar los egresos por el catering presentación “Cacho Castaña”, por el que deberán responder en forma solidaria el Intendente Etchevarren y el Secretario de Hacienda Cretón.


Desaprobar los egresos por subsidios y formular cargo por $. 1.628.623, del que deberán responder en forma solidaria el Intendente Camilo Etchevarren; el Jefe de Gabinete Leandro Oldoni, el Secretario de Hacienda Andrés Cretón y la Contadora Municipal María Alejandra Arrechea.


Notificar a los alcanzados por estas sanciones pecuniarias, que en un plazo de noventa días deberán depositar esos importes en el Banco de la Provincia de Buenos


Por último se comunica la sentencia al Ministerio de Gobierno de la provincia y se dispone su publicación en el Boletín Oficial y en la página electrónica del Tribunal.











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